Pues decir a la sustitución de un pomo no se considera reforma.

Sobre La Luz interior no hay nada escrito, únicamente es obligatoria para los servicios públicos opcional para el resto. Siempre y cuando está no deslumbre ni a ocupantes ni al resto de usuarios de la vía y q La Luz no sea emitida directamente al exterior.

Si la has cambiado y es un tocho gordo en el t cho podría llegar a considerarse como reforma