Iniciado por
KiLm3R
Si, si, me parece de coña que me pongas la defición, pero tu entiendes que es obligatorio pagar el impuesto de circulación, no?
Pues eso está claro, y se supone que para estar exento, o tener una reducción, como mínimo en este país, habrá que registrarlo en algún lado, aunque la tramitación sea gratuita, porque sinó, te siguen mandando el numerito a casa.
Me parece a mi que los funcionarios de tráfico no piensan todos los días que pueden hacer por nosotros, sinó que esperan que seamos nosotros que pensemos que podemos hacer por nosotros mismos.
Si me dices que hasta el año 24 ha de pagar el impuesto, y luego a partir del 25º tiene reducción, perfecto.
Es como el rollo de que las multas prescriben a los dos años...sisi claro, alguien dijo, de ilusiones vive el +++++ de los +++++++...las multas, antes de que lleguen a prescribir, van por Hacienda y punto, que tarde o temprano, o te embargan la cuenta, o lo hacen con la nómina, no os confundáis.
Alex.